Procuradora cuestionada por idoneidad estuvo al frente del arbitraje millonario perdido
- lavozucayalinaweb
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En 2010, el Consejo Nacional de la Magistratura concluyó que Carmen Edith De la Cruz Alayo no cumplía las “exigencias de conducta e idoneidad” para continuar como fiscal y dispuso la no renovación de su confianza. En 2024, el propio Gobierno Regional de Ucayali denunció que ese antecedente no fue valorado en su designación como procuradora. Bajo su conducción, se perdió el arbitraje del Hospital Regional de Pucallpa, comprometiendo millones de soles del erario.

En abril de 2010, el entonces Consejo Nacional de la Magistratura emitió la Resolución N.º 161-2010-PCNM, en la que acordó “no renovar la confianza” a Carmen Edith De la Cruz Alayo tras evaluar su desempeño como fiscal adjunta. El documento es categórico: durante el periodo examinado “no ha satisfecho las exigencias de conducta e idoneidad que justifican su permanencia en el servicio”. La evaluación consignó “deficiencias en la calidad de sus dictámenes”, “imprecisa fundamentación jurídica” y observaciones sobre la adecuada subsunción de hechos a la norma penal.
La resolución también dejó constancia de que, en entrevista pública, “demostró que no posee conocimientos básicos del Derecho”, además de registrar medidas disciplinarias firmes y tardanzas en el ejercicio funcional. No se trató de una apreciación aislada ni de un informe preliminar: fue una conclusión formal adoptada por unanimidad del órgano constitucional encargado de evaluar y ratificar magistrados.
La consecuencia fue inmediata. Mediante Resolución N.º 1344-2010-MP-FN, la Fiscalía de la Nación dispuso “dar por concluido el nombramiento” de De la Cruz Alayo como fiscal adjunta provincial. Es decir, el antecedente no quedó en el papel; fue ejecutado y formalizado dentro del Ministerio Público.
Catorce años después, ese antecedente reapareció en el centro del debate institucional. En julio y agosto de 2024, el propio Gobierno Regional de Ucayali presentó ante la Procuraduría General del Estado una denuncia por presunta inconducta funcional contra su procuradora pública regional. En el escrito se señala expresamente que la no ratificación debió ser evaluada “conforme a los estándares de idoneidad y solvencia moral establecidos en las bases del Concurso Público de Méritos”, al tratarse de una “evaluación negativa firme en el ejercicio de función pública”.
El cuestionamiento no provino de adversarios políticos ni de actores externos. Fue la propia entidad regional la que sostuvo que el antecedente de 2010 no podía considerarse irrelevante en un cargo cuya función es defender judicial y arbitralmente los intereses económicos del Estado. En otras palabras, el Gobierno Regional puso por escrito que existía una omisión en la valoración de la idoneidad.
En paralelo, la Procuraduría Regional estuvo al frente de la defensa en los arbitrajes derivados del contrato del Hospital Regional de Pucallpa con el Consorcio Pizzarotti & Asociados. El resultado fue adverso. Los laudos arbitrales obligaron al Gobierno Regional a asumir pagos millonarios, impactando directamente el presupuesto público. La Procuraduría era el órgano encargado de la estrategia procesal y la representación del Estado cuando se perdió el caso.
No se puede afirmar que la derrota arbitral tenga una única causa ni atribuir automáticamente responsabilidad personal por el resultado. Pero sí es un hecho institucional que la defensa del Estado estuvo bajo la conducción de la procuradora cuando se produjo el laudo adverso. Y también es un hecho documentado que existía un antecedente firme en el que el CNM concluyó que no reunía las “exigencias de conducta e idoneidad” para continuar en función pública como fiscal.
Cuando se pierden millones de soles en un arbitraje de alto impacto, la discusión deja de ser técnica. Se convierte en una cuestión de responsabilidad administrativa y política. Si el propio sistema constitucional de evaluación ya había cuestionado la idoneidad profesional en 2010, la pregunta que hoy se impone no es retórica: ¿debió asumir la defensa de uno de los contratos más sensibles del Gobierno Regional sin que ese antecedente fuera plenamente ponderado?




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